Auto Supremo AS/0991/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0991/2018-RRC

Fecha: 07-Nov-2018

El Ministerio Público y acusador particular, acusaron el delito de Incumplimiento de Contratos; no obstante,


El Ministerio Público y acusador particular, acusaron el delito de Incumplimiento de Contratos; no obstante, que este delito contiene las características de ser un delito instantáneo con efectos permanentes, las consecuencias nocivas del mismo continúan de un modo ininterrumpido más allá del momento consumativo, en el contexto de la Sentencia se probó que el acusado en su calidad de gerente de la empresa ECO LTDA, debió cumplir con la entrega de 188 viviendas complemente terminadas de Vallecito II en abril de 2008 y 68 viviendas de Vallecito III en el mes de noviembre de 2009, en el término computable de ciento ochenta días a partir del primer desembolso efectuado, a pesar de que el Municipio en proceso administrativo de obra en contravención, haya ejecutado en cumplimiento a una Resolución Ejecutiva 48/2008, la demolición de todas la viviendas del mencionado lugar, hecho que no corresponde al presente proceso, antes de la demolición no se cumplió con la entrega de todas las casas terminadas en su totalidad y que con relación a Vallecito III, se comprobó por la prueba testifical y documental y pericial, que no se construyó ninguna casa, determinando el incumplimiento de contratos en la edificación de viviendas, daño económico al Estado que permanece en el tiempo; estableciéndose que desde su inicio, el imputado sabía que todos los desembolsos de dinero recibidos a través de la entidad financiera de intermediación, provenían del Estado y el objeto era que a través del PVS, las familias recibirían su propia vivienda y no como pretende hacer notar, que no se tenía contrato directo con el Estado, sino de orden privado