Auto Supremo AS/1089/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1089/2018

Fecha: 01-Nov-2018

Al respecto claramente se tiene que la suscripción del contrato de préstamo fue efectuada el

Al respecto claramente se tiene que la suscripción del contrato de préstamo fue efectuada el 26 de noviembre de 2012 (fs. 2 a 3 vta.), también se tiene de fs. 130 a 136 las literales referidas a la constitución de una sociedad el 26 de marzo de 2013, donde el recurrente con posterioridad a la celebración del contrato de préstamo se dedicó al rubro del transporte en el departamento de Santa Cruz. Por lo que la deducción cronológica simple de los argumentos expuestos concluye que la actividad cotidiana de transporte pesado es posterior a la de prestamista, por lo tanto, su reclamo es infundado