Auto Supremo AS/1089/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1089/2018

Fecha: 01-Nov-2018

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

Se tiene identificado el agravio de fondo, mismo que se le está dando respuesta, en los términos que este Tribunal considera, por lo cual el mismo no es improcedente.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida en los arts. 41 y 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial y, en aplicación de lo previsto por el art. 220.IV del Código Procesal Civil, CASA el Auto de Vista Nº SCCI – 0330/2017 de 14 de noviembre de 2017, cursante de fs. 401 a 404 vta., emitido por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Chuquisaca, en los recursos de casación planteados por Abdías Daniel Romero Singo y Aldo Zelmar Romero Mercado en el proceso de nulidad de Escritura Pública instaurado en su contra, manteniendo la Sentencia de fs. 354 a 372, con los fundamentos expuestos en la presente resolución