Auto Supremo AS/1092/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1092/2018

Fecha: 01-Nov-2018

De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en

Finalmente con relación a los otrosíes 2 al 9 del memorial de apelación, referente al ofrecimiento de prueba en segunda instancia. El Ad quem refirió que según lo señalado art. 261.III del Código Procesal Civil, es facultad que otorga la ley a las partes, para solicitar diligenciamiento de la prueba en segunda instancia, este diligenciamiento está sujeto a cuatro condiciones, y la petición del apelante no se acomoda a ninguno de los cuatro incisos, asimismo el Tribunal de Alzada consideró impertinente el mejor proveer.
CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA
De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en calidad de resumen, las siguientes:
1. Acusó que no se resolvieron los quince agravios fundamentados en apelación. Asimismo se utilizó indebidamente el art. 265.I de la Ley Nº 439 para no atender los reclamos del recurso de apelación, incurriendo en aplicación indebida y violación del art. 256.I del Código Procesal Civil