Auto Supremo AS/1092/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1092/2018

Fecha: 01-Nov-2018

Sobre la aplicación de la norma más favorable prevista en los arts

Referente al reclamo sobre la convalidación tácita de la notificación, de la revisión de antecedentes, el Tribunal de segunda instancia evidenció que el apelante presentó una serie de memoriales posteriores al decreto de fs. 1026 vta., sin observar una supuesta falta u omisión de notificación con dicha providencia, por lo que las normas adjetivas deben interpretarse en su integridad y no en forma unilateral, el demandado pretende la nulidad de obrados por defecto de notificación, toda nulidad procesal debe activarse vía incidente dentro del plazo que concede la ley, sostuvo que en el caso de autos, el plazo es la presentación de otro memorial y sin el reclamo correspondiente, lo que activó el consentimiento tácito, alcanzándole el principio procesal de la preclusión, por lo que los actuados vencidos no se retrotraen.
Sobre la aplicación de la norma más favorable prevista en los arts. 256 y 257 de la CPE, sobre el trabajo de la oficial de diligencias y la aplicación del bloque de constitucionalidad. El Ad quem fundamentó que de ninguna manera la calificación del trabajo de la oficial de diligencias o de algún otro funcionario, es justificativo de inasistencia a la audiencia preliminar, ya que la concurrencia al Juzgado es de atribución privativa de las partes