Auto Supremo AS/1092/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1092/2018

Fecha: 01-Nov-2018

De lo expuesto supra se puede evidenciar que la realización de la audiencia convocada para

De lo expuesto supra se puede evidenciar que la realización de la audiencia convocada para el 16 de agosto de 2017 estaba sujeta a previa acreditación de los justificativos correspondientes de inasistencia a la audiencia de 1 de agosto de 2017 de los sujetos procesales, esto en cumplimiento del art. 365.II del Código Procesal Civil, al no haberse acreditado dicho aspecto con documental idónea por ninguna de las partes intervinientes en la contienda judicial, el Juez de primera instancia declaró correctamente por desistidas las pretensiones tanto de la parte actora como del recurrente al amparo del art. 365.III de la norma adjetiva. Consecuentemente el señalamiento de nueva audiencia preliminar no supone que se dé por acreditada la justificación del recurrente como erróneamente éste supone