Auto Supremo AS/1092/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1092/2018

Fecha: 01-Nov-2018

Por cuanto, siguiendo el principio de la carga de la prueba, quien alega un hecho

Por cuanto, siguiendo el principio de la carga de la prueba, quien alega un hecho deberá probarlo al amparo del art. 136 del Código Procesal Civil, y en este caso, la parte demandada (reconvencionista), debió aportar la prueba fehaciente documental que demuestre la causa extraña no imputable, como es, la fuerza mayor o cualquier otra eventualidad causante de su incomparecencia a la celebración de la audiencia preliminar