Auto Supremo AS/1101/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1101/2018

Fecha: 01-Nov-2018

CONSIDERANDO I

Distrito: Santa Cruz
VISTOS: El recurso de casación de fs. 865 a 872 y vta., interpuesto por Edme Birnbaum Vega, en representación de la empresa Internacional Petroleum Services Corp. S.R.L. – IPSEC S.R.L., contra el Auto de Vista Nº 215/2017, de 09 de noviembre, cursante de fs. 808 a 809 y vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de reivindicación y otros, seguido por la Empresa Nacional de Ferrocarriles - Red Oriental, contra los recurrentes, respuesta de fs. 916 a 918; la concesión de fs. 919, el Auto Supremo de Admisión Nº 114/2018-RA de fs. 926 a 928 y vta., los antecedentes del proceso y;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
El Juez Público Civil y Comercial Séptimo de la ciudad de Santa Cruz, pronunció Sentencia Nº 04/2017 de 30 de enero cursante de fs. 647 a 650 y vta., declarando PROBADA EN PARTE la demanda principal interpuesta por Empresa Nacional de Ferrocarriles, en lo que corresponde a la reivindicación desocupación y entrega de inmueble. IMPROBADA respecto al pago de daños y perjuicios. IMPROBADA la demanda reconvencional de daños y perjuicios planteada por la parte demandada Internacional Petroleum Services Corp. S.R.L. – (IPSEC. S.R.L.), en consecuencia y como emergencia del presente fallo se dispone la reivindicación, desocupación y entrega de inmueble de parte de los demandados Internacional Petroleum Services Corp. S.R.L. – (IPSEC. S.R.L.), del inmueble materia y objeto del proceso, por lo que se cita y emplaza para que desocupen y entreguen a su propietaria el inmueble antes citado, en el término improrrogable de 30 días, a contar de la ejecutoria de la presente resolución, bajo previsiones de librarse el correspondiente mandamiento de desapoderamiento