Auto Supremo AS/1101/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1101/2018

Fecha: 01-Nov-2018

II.2. De la respuesta al recurso de casación

4.- Acusa incorrecta interpretación del art. 1453.I del Código Civil, porque la reivindicación requiere que el propietario haya sido desposeído sin su voluntad, no bastando solo tener el título, si no que se debe contar con una posesión previa que debe ser perdida, lo que no ocurrió en el presente caso, porque ENFE sigue en posesión de la terminal bimodal, no se determinó la superficie a reivindicar, ya que según documentación ENFE es propietaria de la superficie de 2944003,74 m2., además de haber otorgado en comodato y alquiler a otras empresas parte de su terreno.
II.2. De la respuesta al recurso de casación