Auto Supremo AS/1103/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1103/2018

Fecha: 01-Nov-2018

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3.- La determinación del Juez A quo fue apelada por Fructuosa Ávalos Vda. de Rojas, Manuela Téllez Llanos y Bernardina Llanos Pérez, en cuyo mérito la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz el 09 de abril de 2015 emitió el Auto de Vista de fs. 741 a 742 que Confirmó la Sentencia, con el fundamento que el A quo procedió correctamente, fundamentando convincentemente los motivos de hecho y de derecho que sustentan su decisión, entre los que se destaca: a) la aplicación correcta de los arts. 549 con relación al 554, art. 1538 y 1454 del Código Civil, normas que prescriben las causas de nulidad y anulabilidad del contrato, b) la inoponibilidad respecto a terceros de quienes no tienen registrados su derecho y c) la prevalencia del derecho a quien lo registra primero