Auto Supremo AS/1103/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1103/2018

Fecha: 01-Nov-2018

Fructuosa Avalos viuda de Rojas mediante memorial que discurre de fs

Es en cumplimiento a la Sentencia Constitucional Plurinacional aludida, que este Tribunal ingresa a pronunciar nueva resolución resolviendo únicamente el recurso de casación de fs. 794 a 797 vta., deducido por Fructosa Ávalos Vda. de Rojas, y también únicamente en lo que al punto no considerado en el Auto Supremo 361/2016 se refiere, a cuyo fin se pronuncia la presente resolución.
CONSIDERANDO II:
DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU CONTESTACIÓN
Fructuosa Avalos viuda de Rojas mediante memorial que discurre de fs. 794 a 797 vta., dedujo recuso de casación en el fondo en base a los siguientes términos:
1.- Acusó la falta de fundamentación a la resolución de segunda instancia y que en el presente caso de autos, el Tribunal de Alzada llegó a dictar el Auto de Vista sin cumplir con los principios constitucionales del debido proceso y verdad material, señalando que dentro de la demanda se llegó a demostrar que se falsificaron su cédula de identidad y que se había suplantado su identidad en el documento de la transferencia, acreditado con prueba pericial legalmente obtenida, por lo que correspondía aplicar lo establecido en el art. 549 num. 1) y 3) del CC. Añadió que se demostró la ilicitud cometida por el demandante ya que la finalidad de este fue justamente obtener un terreno de manera ilegal y delincuencial en detrimento y perjuicio tanto de su persona como de las codemandadas quienes viven desde el año 2001, durante 14 años de forma pacífica e ininterrumpida realizando innumerables mejoras en el inmueble objeto de litis