Auto Supremo AS/1103/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1103/2018

Fecha: 01-Nov-2018

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4.- Manifestó que otro aspecto que demuestra la falta de probidad por parte de los jueces de grado, es el hecho de que no consideraron que el documento de fecha 18 de diciembre de 2006, no cuenta con la firma del notario de fe pública en el reconocimiento de firmas y que, por tanto al no contar con esta firma dicho documento es nulo de pleno derecho, en vista que la firma del notario constituye una formalidad a efectos de que se de validez a un documento privado