Auto Supremo AS/1143/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1143/2018

Fecha: 26-Nov-2018

Respecto a la rendición de cuentas, corresponde citar el aporte doctrinario de Hugo Alsina, quien

Respecto a la rendición de cuentas, corresponde citar el aporte doctrinario de Hugo Alsina, quien en su obra DERECHO PROCESAL CIVIL TOMO VII, EDINAR Buenos Aires 1965, pág. 142 señala lo siguiente: “La obligación de rendir cuentas resulta de un principio de razón natural, pues únicamente quien tiene derecho exclusivo sobre un bien puede usar de él libremente sin estar en la necesidad de rendir cuenta a nadie de su conducta. Quien no se halle en tal situación y administre bienes total o parcialmente ajenos, debe rendir cuentas de ello aun cuando haya existido gestión común o mancomunada…”