Auto Supremo AS/1150/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1150/2018

Fecha: 26-Nov-2018

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En ese entendido deliberó en el fondo declarando PROBADA EN PARTE LA DEMANDA en lo que respecta a las acciones de reivindicación, desocupación y entrega de inmueble e IMPROBADA en lo concerniente a las acciones de mejor derecho propietario y pago de daños y perjuicios. IMPROBADA la demanda reconvencional en lo referente a la acción de prescripción adquisitiva decenal y PROBADA la acción de reconocimiento judicial de mejoras.
En consecuencia ordenó a la demandante proceda a realizar la indemnización de las mejoras y construcciones realizadas por los demandados en el bien inmueble objeto de la litis, asimismo previa indemnización ordenó que los demandados procedan a la entrega y desocupación del lote de terreno ubicado en la urbanización “Cooperativa 6 de junio”, U.V. Nº 128, manzano Nº 28, lote Nº 2, con una extensión superficial de 519, 00 Mts2, inscrito bajo la matrícula computarizada Nº 7011060052003 en el plazo de cinco días de ejecutoriada la resolución.


CONSIDERANDO II:
CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
Conforme lo expuesto en el recurso de casación de Santa Cruz Jorge Ramírez Cárdenas y Luisa Hinojosa Veizaga, se tienen los siguientes reclamos:
Recurso de casación en el fondo.
1. Denunciaron que tanto la Sentencia como el Auto de Vista omitieron valorar prueba documental aparejada a su demanda reconvencional, específicamente lo concerniente al “certificado de la junta vecinal del barrio 6 de junio” (fs. 33) que certificó su posesión y habitabilidad en el inmueble desde el año 2000