Auto Supremo AS/0733/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0733/2018

Fecha: 12-Dic-2018

De la descripción de los agravios citados y que fueron reclamados expresamente en la demanda

De la descripción de los agravios citados y que fueron reclamados expresamente en la demanda tributaria; se evidencia que la tantas veces citada Sentencia Nº 10/2016 de 29 de junio de 2016, es discordante porque no contiene los temas reclamados y relacionados al objeto de la Litis, no guarda relación con la demanda descrita, llegándose al razonamiento de que no se dio estricto cumplimiento del principio de congruencia por parte de la Juez de primera instancia a tiempo de emitir su Resolución, aspectos que no pueden ser soslayados por este Tribunal. En ese sentido se observa que la Sentencia Nº 10/2016 en la fundamentación contenida en su único Considerando, específicamente en el acápite de “Fundamento Jurídico”, previa transcripción del Auto Supremo Nº 477 de 22 de noviembre de 2012, solamente refiere: “Con relación a los descargos presentados por el contribuyente éstos fueron insuficientes al no tener evidencia contable que puedas sustentar esta prueba, como es, arqueos de caja diario, reporte de ingresos de caja diario, depósito bancarios, comprobantes contables, recibos de caja y otros inherentes a las transacciones observadas” (sic); sin embargo dicho argumento es copia del argumento de la RD Nº 17-00389-09 emitida por la Administración Tributaria y no hace mención alguna a los arts. 4,8 y 15 de la Ley Nº 843 y 8 del DS Nº 21530, para concluir señalando que se aparta de la opinión técnica del Auditor adjunto a su despacho, pero no así una debida motivación y fundamentación que ameritaba en la Resolución que ponía fin a la Litis o caso sujeto a su conocimiento de la Juez de la causa (ver fs. 198 del Anexo 3 y fs. 22 del expediente)