Auto Supremo AS/0733/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0733/2018

Fecha: 12-Dic-2018

Finalizando, resulta importante referir que la potestad sancionatoria del Estado, tanto en materia penal como

Finalizando, resulta importante referir que la potestad sancionatoria del Estado, tanto en materia penal como en materia administrativa-tributaria sancionadora, hoy se encuentra limitada por los principios valores, derechos y garantías previstos en la Constitución Política del Estado (CPE) y en los Pactos Internacionales sobre Derechos Humanos, de manera que la parte axiológica y dogmática de la norma fundamental tiene un peso decisivo al momento de interpretar y/o aplicar la norma, tanto por la aplicación directa de los derechos como porque se constituyen en fundamento y límites de las diferentes funciones del poder público; entonces, las autoridades administrativas o jurisdiccionales a tiempo de interpretar y/o aplicar la Ley, están en el deber de respetar el sustento axiológico y dogmático de la CPE, en especial los derechos y garantías de las personas que se constituyen en el fundamento y límite del poder sancionador del Estado