Auto Supremo AS/0764/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0764/2018

Fecha: 20-Dic-2018

Ahora, como señala la entidad recurrente, deben verificar los aportes del asegurado bajo la presunción

Ahora, como señala la entidad recurrente, deben verificar los aportes del asegurado bajo la presunción juris tantum, con los documentos descritos en los preceptos que determinan la documentación supletoria, y que cursen en el expediente, en caso de que no existan planillas y comprobantes de pago. En el caso de autos existen planillas de pago de los periodos extrañados por el asegurado; sin embargo, este precepto señala: “en caso de inexistencia de planillas y comprobantes de pago”, es decir, ambos documentos, planillas y comprobantes de pago, puesto que esta norma da la opción a uno de los dos, al usar “y” no así “o”; por lo que, al contarse con las planillas, puede hacerse uso para la compensación de cotizaciones de la documentación supletoria que curse en el expediente, referida en el art. 14 del D.S. 27543, así como en el art. 2 de la RM 550