Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0764/2018
Fecha: 20-Dic-2018
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I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
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Dentro del trámite de compensación de cotizaciones efectuado por Alberto Mamani Magne, la Comisión Nacional
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Resolución de la Comisión de Reclamación
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Ante la interposición del recurso de reclamación por el asegurado a fs
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En conocimiento de la determinación asumida por la Comisión de Reclamación, el asegurado interpuso recurso
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En conocimiento del señalado Auto de Vista, el SENASIR formuló recurso de casación en el
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El SENASIR otorga y reconoce aportes para la Compensación de cotizaciones, a aquellos asegurados que
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Y en base al principio de verdad material, establecido en el art
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Petitorio
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Solicita que deliberando en el fondo se case el Auto de Vista recurrido; y se
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Planteado el recurso de casación en el fondo, se ingresa al análisis de las cuestiones
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En ese sentido, el art
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De igual manera la RM 550 de 28 de septiembre de 2005, en su artículo
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En relación a la RA Nº 299/13 de 31 de julio de 2013, que aprueba
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Ahora, este principio de jerárquica normativa, está reflejado también en la aplicación preferente a las
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Ahora, como señala la entidad recurrente, deben verificar los aportes del asegurado bajo la presunción
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De lo señalado es posible extraer que los derechos a la seguridad social constituyen un
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En el mismo sentido, la renta de vejez se encuentra inserta como derecho a la
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El art
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De lo expuesto supra, se colige que la seguridad social es un derecho de toda
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De igual manera, debe tomarse en cuenta que conforme el art
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Conforme a todas estas consideraciones, en cuanto en la inconsistencia en el nombre del asegurado,
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Ahora, existe documentación presentada por el solicitante, como la certificación de afiliación de fs
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Además, el certificado de afiliación, de fs
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De tal manera, conforme a jurisprudencia desarrollada, y lo establecido en los arts
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POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
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Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
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