Auto Supremo AS/0791/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0791/2018

Fecha: 20-Dic-2018

Asimismo, el reclamo del recurrente en sentido de que los actores son funcionarios públicos y

Asimismo, el reclamo del recurrente en sentido de que los actores son funcionarios públicos y no estaría amparado por la Ley General del Trabajo, sino bajo los alcances de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios DS N° 0181, Ley de Presupuesto General, Decreto Supremo Nº 27113, Ley Orgánica de Las Fuerzas Armadas, Decreto Ley Nº 11091 de 21 de octubre de 1974; revisados los antecedentes del proceso, si bien es cierto que los demandantes desempeñaban con la designación de consultores en línea, como consecuencia de la suscripción de varios contratos de prestación de servicios de consultoría; sin embargo, se advierte que estos contratos reunían las características de una relación netamente enmarcada dentro del ámbito laboral, de donde se deduce que para efectos del reconocimiento de sus beneficios sociales, se encontraba amparado dentro del ámbito de la Ley General del Trabajo, por lo que corresponde el pago de sus derechos y beneficios sociales como correctamente determinaron los Tribunales de instancia