Auto Supremo AS/0791/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0791/2018

Fecha: 20-Dic-2018

Señalan que los demandantes desempeñaron las funciones de consultores en línea, conforme demostraron las pruebas

Señalan que los demandantes desempeñaron las funciones de consultores en línea, conforme demostraron las pruebas aportadas, que no tenían ninguna relación de dependencia laboral definitiva, al ser la Corporación del Seguro Social Militar una Institución Pública dependiente del Ministerio de Defensa y como tal se encuentra en la imposibilidad para el pago de beneficios sociales a consultores de línea, que el contrato se celebró en conformidad de la Ley de Administración y Control Gubernamentales, Decreto Supremo Nº 0181, Ley de Presupuesto General, Decreto Supremo Nº 27113, Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas, Decreto Ley Nº 11091 de 21 de octubre de 1974, no obstante que no les corresponde el pago de sus beneficios sociales en razón de que la intención de los demandantes es querer sorprender en su buena fe al juzgador y lograr enriquecerse a costa de una Corporación que su objetivo principal es la protección de la salud de sus miembros de las Fuerzas Armadas de la Nación, sus esposas y sus familiares y dependientes, preservar la continuidad, de sus medios de subsistencia y de su equipo presupuestario cuando se vean afectados por las contingencias sociales y económicas previstas en la Ley Nº 11901 dotarles de vivienda compatible con la dignidad humana y en general promover el mejoramiento fermente de su nivel de vida