Auto Supremo AS/0802/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0802/2018

Fecha: 20-Dic-2018

Argumentando como transgredidos los numerales 2, 3 y 4 Parágrafo II del art

Argumentando como transgredidos los numerales 2, 3 y 4 Parágrafo II del art. 213 del CPC, hace referencia al art. 265.I del mismo código, que, entre las facultades del Tribunal de segunda instancia, dispone que el Auto de Vista deberá circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de apelación y fundamentación; y al art. 5, que señala que las normas procesales son de orden público y en consecuencia, de obligatorio acatamiento, tanto por la autoridad judicial como por las partes y eventuales terceros