Auto Supremo AS/1165/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1165/2018

Fecha: 03-Dic-2018

Contra la referida resolución Zobeida Vaca Nocre, interpuso recurso de apelación cursante de fs

Contra la referida resolución Zobeida Vaca Nocre, interpuso recurso de apelación cursante de fs. 408 a 412 vta., de obrados, en conocimiento del mencionado recurso la Sala Civil Mixta de Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Domestica y Publica del Tribunal Departamental de Justicia de Beni, pronunció Auto de Vista Nº 22/2018 de 07 de febrero, cursante de fs. 430 a 431 de obrados, donde el Tribunal de Alzada en lo trascendental de dicha resolución señaló que:
En el caso de autos el A quo ha cumplido a cabalidad con las exigencias y parámetros aconsejados por el controlador de la constitucionalidad, sin advertirse carencia de motivación y tampoco contradicciones en cuanto a los fundamentos fácticos, intelectivos y jurídicos que hacen a la estructura y sistemática de la sentencia en el escenario de los hechos probados, singularmente en la identificación que si bien el inmueble se halla en posesión de la demandante, a la luz de la cultura probatoria desarrollada en la contienda, tal posesión no resulta útil para subsumirse a los presupuestos normativos establecidos por el legislador para generar la adquisición del derecho propietario en vía de usucapión, lo cual condujo al decisorio congruente en el debate judicial abierto por la demanda con el nexo de causalidad exigida en los moldes del debido proceso, conforme influye en los hechos no probados cuando determina que la posesión pacífica y continuada por más de 10 años así como las construcciones introducidas no han sido probadas o demostradas.
Alega que el A quo expresó el elenco de hechos probados y no probados por cuanto el Tribunal de Alzada tiene que la demandante no probó los elementos de la usucapión, no demostró el ingreso al lote de terreno con la compra venta pues ella no participó del mismo modo de los informes multitemporales y fotografías satelitales dan razón de que no existe posesión por más de 10 años.
Fundamentos por los cuales de conformidad al art. 218.I inc.2 del Código Procesal Civil, el Tribunal de apelación CONFIRMÓ la Sentencia Nº 116/2017 de 23 de octubre, con costas y costos