Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1165/2018
Fecha: 03-Dic-2018
Distrito: Beni
Distrito: Beni
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Partes: Zobeida Vaca Nocre c/ Justina Olmedo Acchura y Ciro Cuellar Melgar
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Proceso: Usucapión decenal o extraordinaria
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Distrito: Beni
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CONSIDERANDO I
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Contra la referida resolución Zobeida Vaca Nocre, interpuso recurso de apelación cursante de fs
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CONSIDERANDO II
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De la respuesta al recurso de casación
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Conforme a la revisión de obrados se puede establecer que mediante memorial cursante de fs
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CONSIDERANDO III
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Con respecto a la exigencia de la motivación y fundamentación de las Resoluciones como elemento
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Esos entendimientos fueron adoptados también en otros fallos posteriores, como en la Sentencia Constitucional Plurinacional,
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III.2. De la congruencia en las resoluciones
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En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
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Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia, a través de sus diversos fallos (Autos Supremos
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La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
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En este entendido, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 304/2016 que citando
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III.3. De la usucapión decenal o extraordinaria
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De lo que se concluye, que la posesión está integrada por dos elementos el corpus
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III.4. De la valoración de la prueba
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José Decker Morales en su obra Código de Procedimiento Civil, comentarios y concordancia señala que:
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Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
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El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
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En este marco este Supremo Tribunal a través de diversos fallos entre ellos el
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III.5. Del principio de verdad material
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Sobre dicho principio este Supremo Tribunal de Justicia ha orientado en sus diversos fallos como
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En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso
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Así también el Auto supremo Nº 225/2015 al respecto ha orientado que: “Para resolver el
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Por otra parte la Sentencia Constitucional 0713/2010-R de 26 de julio al respecto ha establecido
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El ajustarse a la verdad material, genera la primacía de la realidad de los hechos
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Expuestos como están los fundamentos doctrinales que sustentan la presente resolución, a continuación corresponde considerar
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Al respecto tenemos a bien señalar que conforme lo manifestado en la doctrina establecida en
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En ese entendido, de la revisión del Auto de Vista cursante en obrados se tiene
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Así también señaló que el juzgador logró captar la verdad material la cual se impuso
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Sobre el particular diremos que de la compulsa de antecedentes y conforme la doctrina aplicable
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En ese entendido se puede establecer que el Tribunal de Alzada resolvió los agravios presentados
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En principio debemos señalar lo manifestado en la doctrina expresada en el punto III
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En ese entendido de la revisión de la demanda principal, la contestación y la prueba
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Partiendo del citado antecedente, y de la revisión del Auto de Vista se puede establecer
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Sin embargo con la finalidad de no causar incertidumbre a la recurrente se puede establecer
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De la revisión de la documentación cursante de fs
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La prueba cursante de fs
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De las documentales cursantes de fs
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Con relación a la documental cursante a fs
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Respecto a las documentales adjuntas al proceso en calidad de prueba de descargo cursantes a
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En relación a la declaración de los testigos de cargo cuya acta cursa de fs
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Del acta de inspección judicial cursante de fs
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En ese entendido y teniendo presente la doctrina aplicable en el punto III
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Al respecto corresponde señalar que el presente proceso al tratarse de una usucapión decenal o
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Al respecto debemos partir de lo establecido en la doctrina desglosada en el punto III
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Consiguientemente, y toda vez que las acusaciones expuestas en el recurso de casación no resultan
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Regístrese, comuníquese y devuélvase
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Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.
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