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    Auto Supremo AS/1184/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1184/2018

    Fecha: 03-Dic-2018

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    • Partes: Wilmer Isaac Portugal Troche c/ Celso Mamani Apaza y Ana Elizabeth Quispe de Mamani
    • Distrito: La Paz
    • CONSIDERANDO I
    • El Tribunal de alzada refirió que se evidencia el derecho propietario a nombre de Wilmer
    • Con relación al agravio interpuesto por la parte apelante sobre la falta de producción de
    • De las denuncias expuestas por la parte demandada, Anna Elizabeth Quispe Vda
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    • 5
    • Petitorio
    • Por lo expuesto solicitan anular la Sentencia de primera instancia y el Auto de Vista
    • Respuesta al recurso de casación
    • La parte actora contestó el recurso de casación fuera de plazo
    • CONSIDERANDO III
    • III.1. Del per saltum
    • El art
    • Gonzalo Castellanos Trigo en su texto Análisis Doctrinal del Nuevo Código Procesal Civil sobre el
    • Por otro lado el mismo artículo en su parágrafo segundo sostiene sobre la legitimación en
    • III.2. De la Nulidad Procesal, su Trascendencia y Relevancia Constitucional
    • Actualmente al tratar sobre las nulidades procesales debemos tener en cuenta que no se trata
    • De dicho antecedente, se infiere que “no hay nulidad sin perjuicio”, en ese sentido la
    • En efecto, en el Estado Legislativo de Derecho, para la procedencia de las nulidades de
    • En cambio en el Estado Constitucional de Derecho, la procedencia de las nulidades de actos
    • Bajo esta concepción, la nulidad de los actos procesales será procedente cuando se constate irregularidades,
    • En ese orden, estos dos fenómenos, no pueden tener consideración separada por los jueces, en
    • Lo contrario, significaría sujetar a la justicia constitucional a toda emergencia suscitada, tanto en procedimientos
    • En mérito al recurso de casación interpuesto, corresponde absolver los agravios planteados por los recurrentes
    • Finalmente, se dirá que al no generar ningún tipo de perjuicio o indefensión a los
    • Asimismo debe tenerse en cuenta que si la parte recurrente consideraba que la Sentencia contenía
    • En función a las consideraciones realizadas del recurso de casación, corresponde emitir fallo en la
    • Sin costas ni costos por haber sido contestado el recurso fuera de plazo
    • Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.

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