Auto Supremo AS/1202/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1202/2018

Fecha: 06-Dic-2018

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2.Sostuvieron que la letra levantada a pulso en el contenido del protocolo es diferente a la letra a puño escrito en la identificación de las partes, constituyendo causal de nulidad por ilicitud de causa y por falta de forma prevista por ley, conforme lo determina el art. 549 num. 1) y 3) del Código Civil, porque es exigencia de acuerdo a la Ley del Notariado de 5 de septiembre de 1924 que las partes suscriban el protocolo en presencia del Notario de Fe Pública, pues su falta de cumplimiento es sancionada con nulidad