Auto Supremo AS/1202/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1202/2018

Fecha: 06-Dic-2018

No se regula honorario profesional porque no se contestó el recurso de casación

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010 y en aplicación del art. 220.II de la Ley Nº 439 Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 212 a 216, interpuesto por Florentino Bernal Achacayo y la adhesión de fs. 218 y vta., interpuesto por Felipa Alanoca de Bernal contra el Auto de Vista Nº 26/2018 de 26 de enero, cursante de fs. 209 a 211, pronunciado por la Sala Civil Quinta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Sin costas y costos.
No se regula honorario profesional porque no se contestó el recurso de casación