Auto Supremo AS/1202/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1202/2018

Fecha: 06-Dic-2018

Al respecto Carlos Morales Guillen en su obra Código Civil concordado y Anotado, tomo I,

Al respecto Carlos Morales Guillen en su obra Código Civil concordado y Anotado, tomo I, señala que; los intereses se distinguen en: convencionales y legales. El convencional es el que estipulan por las partes y el legal es el fijado por la ley. Es así que el art. 409 del Código Civil establece: “(Interés Convencional). El interés convencional no pude exceder del tres por ciento mensual. Si se estipula en cantidad superior se reduce automáticamente a dicha tasa”