CONSIDERANDO IV
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS JURIDICOS DE LA RESOLUCIÓN
Corresponde resolver el recurso en estudio, considerando sus fundamentos y la doctrina legal establecida para el presente caso. A dicho fin y de los antecedentes venidos en casación, se establece que, en autos, el demandante, Clive Menacho Altieri, formuló demanda de “nulidad de contrato por simulación absoluta, cancelación de inscripción en Derechos Reales, más pago de daños y perjuicios”. Concretamente, impetra la nulidad por simulación de la Escritura Pública Nº 440/1996 de 20 de junio (fs. 14 a 16), documento en el que se halla testimoniado el acto de compra venta del inmueble ubicado en la Unidad Vecinal 140, manzana Nº 6-L-S, zona Sud Este, barrio Guaracachi, de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, con una extensión de 729,75 ms2, que fuera realizado por los esposos Clove Menacho Vaca y Adda Lijerón de Menacho, en favor de Climia Menacho Lijerón y Addi Menacho Lijerón
FUNDAMENTOS JURIDICOS DE LA RESOLUCIÓN
Corresponde resolver el recurso en estudio, considerando sus fundamentos y la doctrina legal establecida para el presente caso. A dicho fin y de los antecedentes venidos en casación, se establece que, en autos, el demandante, Clive Menacho Altieri, formuló demanda de “nulidad de contrato por simulación absoluta, cancelación de inscripción en Derechos Reales, más pago de daños y perjuicios”. Concretamente, impetra la nulidad por simulación de la Escritura Pública Nº 440/1996 de 20 de junio (fs. 14 a 16), documento en el que se halla testimoniado el acto de compra venta del inmueble ubicado en la Unidad Vecinal 140, manzana Nº 6-L-S, zona Sud Este, barrio Guaracachi, de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, con una extensión de 729,75 ms2, que fuera realizado por los esposos Clove Menacho Vaca y Adda Lijerón de Menacho, en favor de Climia Menacho Lijerón y Addi Menacho Lijerón
- Lijeron y Ada
- Proceso: Nulidad de contrato y otros
- Distrito: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- 2
- 4
- De la revisión del recurso de casación en la forma y el fondo que cursa
- 3) Que no existe pronunciamiento o fundamento sobre las pruebas documentales insertadas en el recurso
- 4) Citó la Sentencia Constitucional Plurinacional 091/2014 de 14 de mayo para luego manifestar que
- Solicitó se dicte resolución casando el Auto de Vista y deliberando en el fondo se
- Notificadas las demandadas con el traslado corrido al recurso de casación (fs
- Añadió que el demandante no puede sustentar en modo alguno la demanda que solo contiene
- Que el recurso carece de expresión sobre las leyes infringidas o violadas, que no es
- PETITORIO
- CONSIDERANDO III
- Este Tribunal en varios Autos Supremos, entre ellos el Auto Supremo Nº 651/2015 de 12
- Asimismo, se debe establecer cuales los requisitos para que un contrato sea simulado, en principio
- En relación al acto simulado, la teoría general del acto jurídico, e independientemente de las
- En este sentido, se ha entendido que la simulación, cuando no tenga el fin de
- III.2. De las Presunciones como elementos de probanza
- Para orientar el presente fallo corresponde citar a Arturo Alessandri R, Manuel Gomarriva U
- CONSIDERANDO IV
- Para tal pretensión aduce como único fundamento que las compradoras en el momento de acaecido
- Ahora bien, en relación al fundamento de la acción, conviene tener presente que el Código
- Sobre la falta de una debida motivación y fundamentación y la violación del art
- En cuanto a la Sentencia Constitucional Plurinacional 091/2014 de 14 de mayo citada por el
- De lo anterior se concluye que no son evidentes los agravios acusados por el recurrente
- En relación a la respuesta al recurso de casación, formulada por las co demandadas Climia
- Consecuentemente en la resolución del presente recurso debe aplicarse la previsión contenida en el art
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
