En relación al acto simulado, la teoría general del acto jurídico, e independientemente de las
En relación al acto simulado, la teoría general del acto jurídico, e independientemente de las precisiones que pudieran formularse respecto del enfoque tradicional de la materia, comúnmente enseña que los desacuerdos entre voluntad real y declarada pueden originarse en dos situaciones diversas; bien sea porque el sujeto que emite su declaración tiene su consentimiento viciado en razón de error, fuerza o dolo, o ya sea debido a que tal disconformidad ha sido deliberadamente querida y buscada por el autor del acto o las partes intervinientes. En este último caso, y si se trata de un acto bilateral, nos hallamos en el campo de la simulación, la cual, siguiendo a Ferrara, se entiende como “La declaración de un contenido de voluntad no real, emitida conscientemente y de acuerdo entre las partes, para producir, con fines de engaño, la apariencia de un negocio jurídico que no existe o es distinto de aquel que realmente se ha llevado a cabo”. Las hipótesis más usuales de este instituto plantean, entre otros, dos aspectos de singular importancia práctica, a saber: 1) los efectos que se siguen de este conflicto de "voluntades" en lo referente a las relaciones entre las partes y terceros a quienes puede afectar la simulación, y 2) las consecuencias que se siguen, no ya para las partes, sino respecto de aquellos que, siendo también terceros relativos, tienen, no obstante, intereses diversos entre sí en lo que atañe a la prevalencia de una u otra
- Lijeron y Ada
- Proceso: Nulidad de contrato y otros
- Distrito: Santa Cruz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
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- De la revisión del recurso de casación en la forma y el fondo que cursa
- 3) Que no existe pronunciamiento o fundamento sobre las pruebas documentales insertadas en el recurso
- 4) Citó la Sentencia Constitucional Plurinacional 091/2014 de 14 de mayo para luego manifestar que
- Solicitó se dicte resolución casando el Auto de Vista y deliberando en el fondo se
- Notificadas las demandadas con el traslado corrido al recurso de casación (fs
- Añadió que el demandante no puede sustentar en modo alguno la demanda que solo contiene
- Que el recurso carece de expresión sobre las leyes infringidas o violadas, que no es
- PETITORIO
- CONSIDERANDO III
- Este Tribunal en varios Autos Supremos, entre ellos el Auto Supremo Nº 651/2015 de 12
- Asimismo, se debe establecer cuales los requisitos para que un contrato sea simulado, en principio
- En relación al acto simulado, la teoría general del acto jurídico, e independientemente de las
- En este sentido, se ha entendido que la simulación, cuando no tenga el fin de
- III.2. De las Presunciones como elementos de probanza
- Para orientar el presente fallo corresponde citar a Arturo Alessandri R, Manuel Gomarriva U
- CONSIDERANDO IV
- Para tal pretensión aduce como único fundamento que las compradoras en el momento de acaecido
- Ahora bien, en relación al fundamento de la acción, conviene tener presente que el Código
- Sobre la falta de una debida motivación y fundamentación y la violación del art
- En cuanto a la Sentencia Constitucional Plurinacional 091/2014 de 14 de mayo citada por el
- De lo anterior se concluye que no son evidentes los agravios acusados por el recurrente
- En relación a la respuesta al recurso de casación, formulada por las co demandadas Climia
- Consecuentemente en la resolución del presente recurso debe aplicarse la previsión contenida en el art
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
