Auto Supremo AS/1223/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1223/2018

Fecha: 11-Dic-2018

Regístrese, comuníquese y devuélvase

En consecuencia corresponde dictar resolución conforme manda el art. 220.II del Código Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 220.II del Código Procesal Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación presentado por Walter Eusebio Castro Ayllón y Jeannete Guadalupe Gómez Siles de fs. 444 a 453 vta., impugnando el Auto de Vista S.C.C. II 71/2018 pronunciado el 21 de marzo, por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca (fs. 437 a 439 vta.). Sin costas ni costos.
Regístrese, comuníquese y devuélvase