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    Auto Supremo AS/1276/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/1276/2018

    Fecha: 18-Dic-2018

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Proceso: Usucapión decenal
    • Distrito: Tarija
    • CONSIDERANDO I
    • 2
    • CONSIDERANDO II
    • 3
    • Por lo expuesto solicita se anule el Auto de Vista recurrido y se dicte nueva
    • De la respuesta a los recursos de casación
    • Ángela Petronila Soruco Fernández por memorial de fs
    • -Asimismo, refiere que si bien acusarían error en la valoración de la prueba, empero no
    • -Sin embargo, al margen de lo expuesto, aduce que el Auto de Vista contendría la
    • -Del mismo modo, aclara que cuando formuló la acción reconvencional actuó en su calidad de
    • -En ese entendido, señala que quien no gozaría de legitimación activa serían las recurrentes, toda
    • Por lo expuesto solicitan se declare improcedente el recurso de casación, con costas, o alternativamente
    • En razón a dichos antecedentes diremos que
    • III.1. Del principio de congruencia
    • El principio de congruencia que se sintetiza en el aforismo “tantum devolutum quantum appellatum”, que
    • Asimismo, el principio de congruencia se encuentra desarrollado en la jurisprudencia constitucional específicamente en la
    • De lo expuesto se deduce que en segunda instancia, pueden darse casos de incongruencia “ultra
    • En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
    • De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
    • III.2. De la motivación de las resoluciones judiciales
    • La Sentencia Constitucional 0012/2006-R de 4 de enero, respecto a la motivación de las resoluciones
    • De igual manera la Sentencia Constitucional 2023/2010-R de 9 de noviembre estableció que: “…la motivación
    • III.3. Sobre la obligación de agotar la solicitud de complementación y enmienda
    • Para referirnos a este punto, previamente se debe tener presente que el art
    • De esta manera y, siempre y cuando se trate de subsanar cuestionar formales en las
    • Consiguientemente, cuando se alegue incongruencia omisiva en la resolución impugnada, como es la falta de
    • Este entendimiento, ya fue asumido por este Supremo Tribunal en diversos fallos, entre ellos el
    • Ahora si dicha respuesta, no satisfacía las expectativas deducidas por los recurrentes debieron formular la
    • III.4. De la acción reivindicatoria
    • Al respecto, corresponde precisar lo que el art
    • CONSIDERANDO IV
    • Del mismo modo, respecto a la falta de motivación, debemos señalar que en virtud a
    • Sin embargo, al margen de lo ya expuesto, se debe hacer hincapié en el hecho
    • En virtud a lo denunciado, y con la finalidad de emitir una resolución que sea
    • Ahora bien, abocándonos en el primer requisito, que es el derecho de dominio de la
    • De esta manera, de la revisión de los documentos que cursan en obrados se advierte
    • Por todo lo expuesto, corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia fallar en la forma
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berríos Albizú.

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