Auto Supremo AS/1276/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1276/2018

Fecha: 18-Dic-2018

Asimismo, el principio de congruencia se encuentra desarrollado en la jurisprudencia constitucional específicamente en la

Asimismo, el principio de congruencia se encuentra desarrollado en la jurisprudencia constitucional específicamente en la Sentencia Constitucional Nº 0486/2010-R de 5 de julio, donde ha razonado que: "El principio de congruencia, responde a la pretensión jurídica o la expresión de agravios formulada por las partes; la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia; la Resolución de primera y/o segunda instancia, debe responder a la petición de las partes y de la expresión de agravios, constituyendo la pretensión jurídica de primera y/o segunda instancia…" (lLas negrillas nos pertenecen). Razonamiento que es reiterado por el Tribunal Constitucional Plurinacional, en las Sentencias Constitucionales Plurinacionales Nº 0255/2014 y Nº 0704/2014