Auto Supremo AS/1290/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1290/2018

Fecha: 20-Dic-2018

Dicho de otro modo, los jueces de grado, afirmaron que la demandante no cumplió con

Ahora bien, los jueces de grado son coincidentes en sus decisiones cuando expresan que la demandante no desvirtuó en el devenir del proceso que el lote de su propiedad se encontraba en el manzano “D”, mientras que los demandados sí probaron que los lotes de su propiedad formaban parte de los manzanos “D1” y “L”.
Dicho de otro modo, los jueces de grado, afirmaron que la demandante no cumplió con identificar de manera expresa e inequívoca la ubicación del lote objeto de la demanda, mientras que los demandados probaron que los lotes de su propiedad se encuentran en manzanos distintos al de la demandante, resultando entonces no ser ciertos los extremos alegados en la demanda, de donde se concluye que no es evidente la conculcación al art. 1311 del Código Civil, así como la aplicación indebida del art. 246 num. 2) del Código de Procedimiento Civil