Auto Supremo AS/1290/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1290/2018

Fecha: 20-Dic-2018

Este extremo a la luz del art

Este extremo a la luz del art. 546 del Código Civil, permite afirmar que aquellos poderes mientras no sean declarados nulos judicialmente con sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, son totalmente válidos, como válidas son las ventas efectuadas con ellos, por lo que, el fundamento de la demanda que esgrimió como asidero la declaratoria de nulidad de los poderes referidos no surte ningún efecto en la presente acción, habiendo entendido de esta manera los jueces de grado