También se toma en cuenta la conducta demostrada por los representantes de la Caja de
También se toma en cuenta la conducta demostrada por los representantes de la Caja de Salud de la Banca Privada que inclusive permitieron que se declare en rebeldía y no contestarón a la demanda dentro el plazo establecido, limitándose a formular incidentes de nulidad, tal cual manifiesta el Juez A quo en su Sentencia
- Expediente:LP-54-18-S
- CONSIDERANDO I
- 3
- De lo señalado se evidencia la concurrencia de los tres elementos calificadores de la responsabilidad
- De las denuncias expuestas por Juan Carlos Capra Guerrero, en representación de la Caja de
- El actor sostuvo que el recurso de casación interpuesto por la Caja de Salud de
- En mérito a la resolución a dictarse, corresponde desarrollar la doctrina aplicable
- Lo destacable del pronunciamiento es que propone una cobertura integral del derecho a la salud
- III.2. Incongruencia subjetiva
- CONSIDERANDO IV
- También se toma en cuenta la conducta demostrada por los representantes de la Caja de
- 2
- El recurrente se refiere concretamente al art
- Por lo que es incorrecta la apreciación de la parte recurrente al señalar la vulneración
- Respuesta al recurso de casación de Julio Jorge Eugenio Quevedo Zúñiga
- En cuanto a los aspectos de fondo de los agravios señalados por la entidad recurrente
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
