Auto Supremo AS/0045/2018-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0045/2018-RI

Fecha: 14-Feb-2018

Consiguientemente, al no tener el auto de vista incidencia alguna en el recurrente, menos podría

Consiguientemente, al no tener el auto de vista incidencia alguna en el recurrente, menos podría generarle algún tipo de indefensión, por lo que Julián Fredy Carvajal Sarmiento, en base a lo que dispone el art. 272.I del Código Procesal Civil, carece de legitimación para interponer recurso de casación, pues no acreditó que la decisión de segunda instancia le cause perjuicio. En ese mismo sentido, debemos señalar que las demás cuestiones que observa el recurrente, como la legitimación y personería de la parte actora o de su representante, se constituyen en extremos que le atingen cuestionar, si es que corresponde, al verdadero legitimado pasivo, es decir a quien o quienes se encuentren en posesión del bien inmueble del cual la parte actora pretende la reivindicación; asimismo, las observaciones referidas al derecho propietario de la parte actora, son cuestiones que no le atingen al recurrente, pues al no estar en posesión del bien inmueble, no le ocasiona agravio alguno