Auto Supremo AS/0045/2018-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0045/2018-RI

Fecha: 14-Feb-2018

Por su parte Enrique Lino Palacio en su Obra “Derecho Procesal Civil”, Tomo V, numeral

Por su parte Enrique Lino Palacio en su Obra “Derecho Procesal Civil”, Tomo V, numeral 527.- haciendo referencia a los requisitos subjetivos para la procedencia de los recursos, señala: b) “Como acto procesal de parte, constituye requisito subjetivo de admisibilidad de todo recurso el interés de quien lo interpone. El interés se halla determinado por el perjuicio o gravamen que la resolución ocasiona al recurrente y consiste, en términos generales, en la disconformidad entre lo peticionado y lo decidido”