b)En cuanto al segundo agravio planteado en apelación, la misma tendría base fáctica relacionada con
b)En cuanto al segundo agravio planteado en apelación, la misma tendría base fáctica relacionada con el primer motivo del recurso; al respecto, el Ad quem, señala que el art. 204 del CPP, ordena la pericia cuando sea necesario conocimiento especializados, ciencia, arte o técnica; empero, no sería definitivo para acreditar o desacreditar un hecho; en el caso de autos, la conclusión Nº 11, tendría como base la valoración individual y conjunta de la prueba; empero, el supuesto estado de ebriedad de la víctima, no constituiría el elemento sustancial y de relevancia; sino una circunstancia más del hecho, que no tendría relación directa con la acreditación de los elementos constitutivos del tipo de injusto doloso, objetivo tipificado por el art. 312 del CP, como la comprobación plena de la existencia de violencia física e intimidación en la acción desplegada por el acusado, pues las pruebas dieron lugar a las conclusiones arribadas por el A quo como la conclusión Nº 11, y que aun excluyendo hipotéticamente el hecho cuestionado por el apelante, no modifica la acreditación de los elementos constitutivos del tipo de injusto doloso por el que se condenó al imputado
- Por memorial presentado el 2 de mayo de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 038/2016 de 24 de octubre (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- 1)El recurrente alega que el Tribunal de alzada, concluyó de manera totalmente subjetiva y contradictoria
- Refiere que el precedente invocado, determinó que al momento de la valoración probatoria existe una
- 3)También denuncia la infracción del derecho al debido proceso establecido en el art
- I.1.2. Petitorio
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 530/2017-RA de 12 de julio, cursante de fs
- II.1. De la Sentencia
- En la conclusión Nº 11 expuesta en el acápite V de la Sentencia, el Tribunal
- En el acápite VI, destinado a la fundamentación jurídica; el A quo expresó que el
- II.2. Del recurso de apelación restringida
- Contra la resolución mencionada, el imputado, interpuso recurso de apelación restringida, argumentando que
- II.3. Auto de Vista impugnado
- a)Respecto al primer motivo de apelación, del análisis de la Sentencia confutada, no advierte vulneración
- b)En cuanto al segundo agravio planteado en apelación, la misma tendría base fáctica relacionada con
- III.1. Análisis del caso concreto
- III
- El recurrente denuncia que la resolución impugnada, al declarar la inexistente vulneración de las reglas
- De lo referido, se establece que no existe situación fáctica análoga entre el hecho generador
- Al respecto, el art
- Conforme los argumentos expuestos por el imputado en su recurso de casación, corresponde determinar a
- De la revisión del Auto de Vista impugnado, conforme lo descrito en el inc
- Lo argumentado por el Ad quem, guarda concordancia con las circunstancias alegadas por el imputado
- Al igual que en el primer motivo de apelación, se evidencia que el Tribunal de
- La misma armonía se observa entre lo resuelto por el Tribunal de apelación y el
- El recurrente denuncia que el Tribunal de apelación, hizo referencia a uno de los aspectos
- De lo descrito se establece, que no existe una situación fáctica similar entre el hecho
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
