Auto Supremo AS/0138/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0138/2018

Fecha: 15-Mar-2018

Que la excepción previa de "pleito pendiente" (litispendencia) prevista tanto en el numeral 3°) del

Que la excepción previa de "pleito pendiente" (litispendencia) prevista tanto en el numeral 3°) del art. 336 del Código de Procedimiento Civil, como en el art. 7 concordante con el caso 1°) del art. 130 del mismo, requiere para su atención y procedencia que el "objeto" de la nueva demanda, que no es otro que la o las pretensiones, sea el mismo del proceso precedente e igualmente los sujetos procesales, para evitar un doble proceso, por las mismas causas y derechos que podrían culminar con sentencias inconciliables. Por tales razones, cuando existen dichos presupuestos, se dispone la acumulación del nuevo proceso al anterior, tomando en consideración, además, que la jurisdicción mayor absorbe a la menor