Auto Supremo AS/0157/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0157/2018-RRC

Fecha: 20-Mar-2018

“La base de la decisión debe estar formada necesariamente por el elemento intelectual denominado "fundamentación",


El recurrente invocó el Auto Supremo 55 de 9 de marzo de 2010, que fue dictado por la Sala Penal Segunda de la entonces Corte Suprema de Justicia, en la resolución de un recurso de casación en una causa seguida por los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, donde constató que el Tribunal de alzada incurrió en revalorización de la prueba y en una insuficiente fundamentación; por cuanto, se había limitado a dar una explicación de orden doctrinal y jurídico sobre el carácter propio de los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado; aspecto por el que fue dejado sin efecto la Resolución recurrida, puesto que contradijo las siguientes doctrinas legales aplicables: “El Tribunal de Alzada, al resolver un recurso de apelación restringida, no debe revalorizar la prueba ni revisar cuestiones de hecho, pues todo ello está a cargo de los Jueces y Tribunales, sino que tiene que actuar con sujeción a sus específicas atribuciones consistentes en anular total o parcialmente la sentencia y ordenar la reposición del juicio por otro Juez o Tribunal, a no ser que, ante una clara inobservancia de la Ley o su errónea aplicación, no sea necesaria la realización de un nuevo juicio"; y,

“La base de la decisión debe estar formada necesariamente por el elemento intelectual denominado "fundamentación", pues, si ese elemento falta por no existir o ser incompleto o insuficiente, tal decisión estará afectada en su eficacia". (El resaltado es propio)