VISTOS: El recurso de casación de fs
VISTOS: El recurso de casación de fs. 171 a 173 interpuesto por Carlos Alberto Castedo Castedo contra el Auto de Vista Nº 430/2016 de fecha 02 de diciembre, pronunciado por la Sala Tercera Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz en el proceso de rescisión de contrato y otro seguido por Blanca Elena Paz contra el recurrente, la concesión de fs. 178, la admisión de fs. 184 a 185 y todo lo inherente
- Partes: Blanca Elena Paz
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO I
- De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en
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- Solicita que se case el Auto de Vista
- De la respuesta al recurso de casación
- Señala que en apego del art
- Solicita que el recurso sea declarado infundado
- La norma permite que en la formación de un contrato, al efectuarse un anticipo, la
- La determinación de las arras es una pena convencional que suple la cuantificación de los
- Sobre las arras la extinta corte Suprema de Justicia de la Nación ha emitido el
- La segunda parte del art
- La acción rescisoria por estado de peligro o por lesión, tiene la finalidad de buscar
- El término rescindir, de acuerdo a la Real Academia Española, significa: “Dejar sin efecto un
- En el ámbito jurídico, de acuerdo al diccionario jurídico elemental de Guillermo Cabanellas de las
- El referido art
- Para el caso de la parte que otorgó el anticipo podrá solicitar la resolución del
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- El art
- De acuerdo al art
- Se entiende que la consolidación de las arras contenida en el art
- En el contrato de 18 de noviembre de 2011 (fs
- Al margen de ello, conforme al principio de verdad material contenido en el art
- Por el análisis descrito se advierte que el Ad quem, no consideró el contenido
- Sobre el incumplimiento del título de propiedad, la misma descrita como una obligación no simultánea
- Por los fundamentos expuestos, corresponde emitir resolución en la forma prevista por el art
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
