Auto Supremo AS/0265/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0265/2018-RRC

Fecha: 24-Abr-2018

Bajo el título “APLICACIÓN DE LA LEY SUSTANTIVA A LOS SUPUESTOS HECHOS PROBADOS”, afirma que


Bajo el título “APLICACIÓN DE LA LEY SUSTANTIVA A LOS SUPUESTOS HECHOS PROBADOS”, afirma que de los supuestos hechos probados el correcto tipo penal a aplicarse sería el previsto por el art. 273 del CP; en cuyo efecto, invoca el Auto Supremo 166/2012-RRC de 20 de julio que referiría sobre una persona fallecida por TEC a consecuencia de una herida producida con piedra en la cabeza de la víctima, situación que empezó a raíz de una discusión y pelea con influencia de bebidas alcohólicas de por medio, donde la fiscalía acusó por Homicidio y la parte civil por Asesinato; no obstante, el Tribunal de sentencia se desvinculó de las mismas y sentenció al acusado a 4 años de presidio por Lesión Seguida de Muerte, los acusadores apelaron y lograron anular la Sentencia, pero el Tribunal Supremo dejó sin efecto esa anulación, fundamentando que el Tribunal de sentencia actuó correctamente, afirma, que en dicho caso se comprobó plenamente que la piedra utilizada en el cráneo de la víctima le causó la muerte, en cambio en su caso no se había acreditado que su persona quitó la vida de la víctima, simplemente los supuestos hechos probados indicaron que su persona mató más no indicó cómo llegaron a dicha conclusión, por lo que la Sentencia al referir los mismos elementos probados, como: discusión, pelea y agresión, influencia de bebidas alcohólicas y la inexistencia de supuesto Robo o alevosía debe entenderse como Lesión seguida de muerte, prevista por el art. 273 del CP