Contra la mencionada Sentencia, el imputado Marvin Villarroel Ríos (fs
Por Sentencia 22 de 14 de agosto de 2014 (fs. 399 a 411 vta.), el Tribunal Sexto de Sentencia de Santa Cruz, declaró a Marvin Villarroel Ríos, autor de la comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 inc. 2) con relación al art. 20 del CP, imponiendo la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto, más quinientos días multa a razón de Bs. 1.- (un boliviano) por día, con costas a favor del Estado, siendo absuelto por el delito de Robo Agravado y rechazada la solicitud de Complementación del imputado, mediante Resolución 71 de 17 de octubre de 2014 (fs. 420 y vta.).
Contra la mencionada Sentencia, el imputado Marvin Villarroel Ríos (fs. 441 a 450 vta.), interpuso recurso de apelación restringida, resuelto por Auto de Vista 80 de 5 de diciembre de 2016, emitido por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró admisible e improcedente el recurso planteado y confirmó la Sentencia apelada y el Auto Complementario, motivando a la interposición del presente recurso de casación
- Por memorial presentado el 21 de abril de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Marvin Villarroel Ríos (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Denuncia que el Auto de Vista recurrido, no individualizó menos afirmó su supuesta participación; empero,
- El recurrente solicita, se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, ordenando que se
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 691/2017-RA de 8 de septiembre, cursante de fs
- II.1.De la Sentencia
- Que Marvin Villarroel Ríos el 8 de julio de 2012, por inmediaciones de la Av
- Bajo el título Fundamentos de derecho, previa explicación de fundamentos doctrinarios del tipo penal de
- Notificado con la Sentencia y el Auto Complementario 71 de 17 de octubre de 2014,
- Continúa su recurso alegando, que la acusación particular señaló que reconoce estar compartiendo con su
- Bajo el título “APLICACIÓN DE LA LEY SUSTANTIVA A LOS SUPUESTOS HECHOS PROBADOS”, afirma que
- También invoca el Auto Supremo 206/2012 de 9 de agosto, que referiría una sentencia condenatoria
- La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto
- En cuanto, a las reglas relativas a la congruencia entre la sentencia y la acusación;
- III.1. Respecto a la fundamentación indebida sobre el delito de Asesinato
- Como una consideración previa antes de ingresar a resolver la problemática planteada mediante la labor
- De tal manera que, en la labor de verificación o contraste entre lo resuelto en
- En esa línea esta Sala Penal a través del Auto Supremo 322/2012-RRC de 4 de
- Ahora bien, a los fines de resolver la problemática planteada necesariamente se debe acudir al
- En estrecha relación con este principio, se tiene al principio de preclusión (art
- Por los fundamentos expuestos y por la naturaleza del recurso de casación, queda establecido que
- III.2. Respecto a que el Auto de Vista no individualizó menos afirmó su supuesta participación
- El recurrente reclama, que el Auto de Vista recurrido no individualizó menos afirmó su supuesto
- El principio de tipicidad, que debe ser observado a momento de emitir la Sentencia, en
- Siendo el sujeto activo uno de los elementos constitutivos del tipo penal, el delito de
- Asimismo se vulnera el debido proceso cuando el Tribunal de Alzada no aplica lo establecido
- Del precedente expuesto, se tiene que la doctrina legal aplicable fue sentada, entre otros aspectos;
- Continuando con los fundamentos del Auto de Vista recurrido, a tiempo de responder al reclamo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
