Que Marvin Villarroel Ríos el 8 de julio de 2012, por inmediaciones de la Av
Por Sentencia 22 de 14 de agosto de 2014, el Tribunal Sexto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Marvin Villarroel Ríos, autor de la comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por los arts. 252 inc. 2) con relación al 20 del CP, imponiendo la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto, más quinientos días multa, a razón de Bs. 1.- (un boliviano) por día, con costas a favor del Estado, siendo absuelto de pena y culpa por el delito de Robo Agravado. Resolución que se emitió, bajo los siguientes hechos probados:
Que Marvin Villarroel Ríos el 8 de julio de 2012, por inmediaciones de la Av. Ovidio Barbery, Barrio Abaroa, entre calles 3 y 5 de Santa Cruz, mató a Nicolás Ribera Bazán de sesenta y dos años de edad, mediante una agresión brutal de golpes de patada y de puño en su cabeza, causándole Traumatismo encéfalo craneano grave, hematoma subdural, contusión hemorrágica y fractura de base de cráneo, hecho ocurrido entre las 1:00 y 1:30 am, aproximadamente en circunstancias que el acusado interceptó a la víctima que estaba en estado de ebriedad junto a su hijo Víctor Hugo Ribera Suárez, reclamándole por un supuesto robo que habrían cometido ellos contra su persona, cuando en realidad fue la excusa para justificar su agresión delante de eventuales testigos que pudieran presentarse en el lugar; toda vez, que momentos antes habían tenido un altercado verbal al calor de las bebidas alcohólicas, frente a una licorería a pocas cuadras de distancia, delito que habría cometido por rabia e ira desmedida que no pudo controlar
- Por memorial presentado el 21 de abril de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Marvin Villarroel Ríos (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Denuncia que el Auto de Vista recurrido, no individualizó menos afirmó su supuesta participación; empero,
- El recurrente solicita, se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, ordenando que se
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 691/2017-RA de 8 de septiembre, cursante de fs
- II.1.De la Sentencia
- Que Marvin Villarroel Ríos el 8 de julio de 2012, por inmediaciones de la Av
- Bajo el título Fundamentos de derecho, previa explicación de fundamentos doctrinarios del tipo penal de
- Notificado con la Sentencia y el Auto Complementario 71 de 17 de octubre de 2014,
- Continúa su recurso alegando, que la acusación particular señaló que reconoce estar compartiendo con su
- Bajo el título “APLICACIÓN DE LA LEY SUSTANTIVA A LOS SUPUESTOS HECHOS PROBADOS”, afirma que
- También invoca el Auto Supremo 206/2012 de 9 de agosto, que referiría una sentencia condenatoria
- La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto
- En cuanto, a las reglas relativas a la congruencia entre la sentencia y la acusación;
- III.1. Respecto a la fundamentación indebida sobre el delito de Asesinato
- Como una consideración previa antes de ingresar a resolver la problemática planteada mediante la labor
- De tal manera que, en la labor de verificación o contraste entre lo resuelto en
- En esa línea esta Sala Penal a través del Auto Supremo 322/2012-RRC de 4 de
- Ahora bien, a los fines de resolver la problemática planteada necesariamente se debe acudir al
- En estrecha relación con este principio, se tiene al principio de preclusión (art
- Por los fundamentos expuestos y por la naturaleza del recurso de casación, queda establecido que
- III.2. Respecto a que el Auto de Vista no individualizó menos afirmó su supuesta participación
- El recurrente reclama, que el Auto de Vista recurrido no individualizó menos afirmó su supuesto
- El principio de tipicidad, que debe ser observado a momento de emitir la Sentencia, en
- Siendo el sujeto activo uno de los elementos constitutivos del tipo penal, el delito de
- Asimismo se vulnera el debido proceso cuando el Tribunal de Alzada no aplica lo establecido
- Del precedente expuesto, se tiene que la doctrina legal aplicable fue sentada, entre otros aspectos;
- Continuando con los fundamentos del Auto de Vista recurrido, a tiempo de responder al reclamo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
