La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
De los argumentos expuestos, se tiene que el Auto de Vista recurrido no incurrió en contradicción con el precedente invocado; toda vez, que constató que no existe duda sobre la individualización del imputado como asevera el recurrente; puesto que, de la revisión de la Sentencia evidenció, la participación del imputado en grado de autoría en la comisión del delito de Asesinato; ya que, estuvo en el lugar de la comisión del delito, que de la valoración de las pruebas de cargo examinadas infirió, que la actuación del imputado en la comisión del delito de Asesinato fue con conocimiento pleno, en forma libre, voluntaria, espontánea y motivadamente; además que estaba demostrada la existencia de una relación y coincidencia en tiempo, lugar, hechos y personas; aspectos que, evidencian que el Tribunal de alzada constató la existencia del nexo causal entre el individuo y el hecho delictivo, encontrándose individualizado la participación del imputado en la comisión del delito acusado; consecuentemente, no se advierte que el Auto de Vista recurrido ni la Sentencia, no hubieren determinado que fueron sus supuestos golpes que provocaron el desenlace fatal, cuando en la Sentencia se tiene como determinado que fue el imputado que al ver a la víctima totalmente reducida y tirada en el piso ensangrentada, siguió tirándole patadas y golpes de puño en la cabeza, hasta causarle la muerte; aspecto observado por el Tribunal de alzada, por lo que desestimó la denuncia planteada al encontrar individualizado la autoría del imputado, situación por el que, el presente motivo deviene en infundado.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 42.I.1 de la LOJ y lo previsto por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Marvin Villarroel Ríos
- Por memorial presentado el 21 de abril de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Marvin Villarroel Ríos (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Denuncia que el Auto de Vista recurrido, no individualizó menos afirmó su supuesta participación; empero,
- El recurrente solicita, se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, ordenando que se
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 691/2017-RA de 8 de septiembre, cursante de fs
- II.1.De la Sentencia
- Que Marvin Villarroel Ríos el 8 de julio de 2012, por inmediaciones de la Av
- Bajo el título Fundamentos de derecho, previa explicación de fundamentos doctrinarios del tipo penal de
- Notificado con la Sentencia y el Auto Complementario 71 de 17 de octubre de 2014,
- Continúa su recurso alegando, que la acusación particular señaló que reconoce estar compartiendo con su
- Bajo el título “APLICACIÓN DE LA LEY SUSTANTIVA A LOS SUPUESTOS HECHOS PROBADOS”, afirma que
- También invoca el Auto Supremo 206/2012 de 9 de agosto, que referiría una sentencia condenatoria
- La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, emitió el Auto
- En cuanto, a las reglas relativas a la congruencia entre la sentencia y la acusación;
- III.1. Respecto a la fundamentación indebida sobre el delito de Asesinato
- Como una consideración previa antes de ingresar a resolver la problemática planteada mediante la labor
- De tal manera que, en la labor de verificación o contraste entre lo resuelto en
- En esa línea esta Sala Penal a través del Auto Supremo 322/2012-RRC de 4 de
- Ahora bien, a los fines de resolver la problemática planteada necesariamente se debe acudir al
- En estrecha relación con este principio, se tiene al principio de preclusión (art
- Por los fundamentos expuestos y por la naturaleza del recurso de casación, queda establecido que
- III.2. Respecto a que el Auto de Vista no individualizó menos afirmó su supuesta participación
- El recurrente reclama, que el Auto de Vista recurrido no individualizó menos afirmó su supuesto
- El principio de tipicidad, que debe ser observado a momento de emitir la Sentencia, en
- Siendo el sujeto activo uno de los elementos constitutivos del tipo penal, el delito de
- Asimismo se vulnera el debido proceso cuando el Tribunal de Alzada no aplica lo establecido
- Del precedente expuesto, se tiene que la doctrina legal aplicable fue sentada, entre otros aspectos;
- Continuando con los fundamentos del Auto de Vista recurrido, a tiempo de responder al reclamo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
