Auto Supremo AS/0145/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0145/2018

Fecha: 30-May-2018

Manifiesta la parte recurrente que en base al contrato Administrativo Nº 72/08, la obligación del

FAVORECIMIENTO ILEGITMO AL DEMANDANTE.-
Manifiesta la parte recurrente que en base al contrato Administrativo Nº 72/08, la obligación del Gobierno Autónomo Municipal de Llallagua, era la cancelación por la ejecución de la obra referida, en estricta sujeción a las condiciones establecidas en el documento base de contrataciones que ha sido presentado en su oportunidad mismo que nunca ha sido valorado ni considerado por el Tribunal recurrido, la obligación de la empresa demandante, era ejecutar los ítems en las condiciones que fue publicado y al haber ejecutado otros ítems no contemplados, no genera obligación alguna para el demandado