Respecto a la falta de congruencia entre la Sentencia y la acusación, configura una regla
Respecto a la falta de congruencia entre la Sentencia y la acusación, configura una regla que condiciona la competencia de las autoridades judiciales, en sentido de que sólo pueden resolver sobre lo solicitado y probado por las partes. De este modo, el Juez en la Sentencia no puede reconocer lo que no se le ha pedido, ni más de lo pedido. De ahí la necesidad de fijar desde el inicio el objeto del litigio. En materia procesal penal, el principio de congruencia adquiere una mayor relevancia debido a su íntima conexión con el ejercicio del derecho a la defensa, constituyendo una garantía judicial esencial para el imputado, por lo que en ese entendido la acusación dentro de un debido procesal penal debe tener en cuenta el derecho a la defensa. Los datos fácticos recogidos en la acusación, constituyen la referencia indispensable para el ejercicio de la defensa del imputado y la consecuente consideración del Juez de Sentencia. De ahí que el imputado tiene derecho a conocer, a través de una descripción detallada, clara y precisa, los hechos que se le imputan; y en el caso de análisis, de la acusación formal Fiscal que es por el delito de Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito, previsto por el art. 261 inc. 1) del CP, en contra de la acusada recurrente en términos concretos, lo mismo se establece de la acusación particular que entre ambas acusaciones, éstas apuntan a establecer el hecho de tránsito investigado, objeto del juicio y consiguiente Sentencia, hechos fácticos de lo que se infiere que el proceso se ha tramitado debidamente. Del análisis de la Sentencia, la Sala Penal, refiere que del considerando II en el punto 1. Fundamentación Probatoria Descriptiva, punto 2. Fundamentación Probatoria Intelectiva y considerando III punto 1. Fundamentación Probatoria Jurídica, el Juez a quo hace una disgregación sobre la testifical de cargo y descargo, establece como hechos probados la lesión causada en la integridad corporal de la parte querellante, hechos que la propia acusada ha declarado, en relación al delito querellado aclarando que se trata de delito culposo y fruto de esta motivación emerge una Sentencia que falla declarando culpable a la recurrente de la comisión del delito, por lo que no es evidente el agravio, no se ha violentado el derecho al debido proceso y la defensa de la acusada
- Por memorial presentado el 3 de julio del 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 3/2015 de 10 de abril (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 712/2017-RA de 18 de septiembre,
- La recurrente denuncia vulneración del debido proceso, por presunta incongruencia en la relación fáctica y
- Denuncia que el Auto de Vista pretende consolidar la errónea aplicación de la ley sustantiva,
- Refiere la recurrente, que en apelación restringida, había denunciado la existencia del defecto previsto por
- Bajo el acápite de “AUTO DE VISTA CONTRARIO A LOS PRECEDENSTES JURISPRUDENCIALES”, invoca los Autos
- I.2. Admisión del recurso
- II.1.De la Sentencia
- Por Sentencia 3/2015 de 10 de abril, el Juzgado Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
- Que, los hechos se adecúan al tipo penal de Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente
- Por daño en la salud o en el cuerpo, a los efectos penales, se entiende
- El delito es culposo, por cuanto requiere por parte del infractor, una grave inobservancia de
- Notificada con la Sentencia, Verónica Soledad Rodríguez Pimentel contra la referida Sentencia, formula recurso de
- Denunció valoración defectuosa de la prueba [art
- Alega, que existió falta de congruencia entre la Sentencia y la Acusación, que
- Denuncia defecto absoluto por aplicación incorrecta de la dosimetría penal, que aduciendo doctrina
- Sobre la inobservancia o errónea aplicación de la Ley, el Tribunal de alzada señaló que
- Con relación a la valoración defectuosa de la prueba, de análisis de toda la Sentencia
- Respecto a la falta de congruencia entre la Sentencia y la acusación, configura una regla
- Sobre la denuncia de defecto absoluto por aplicación incorrecta de la dosimetría penal, el Auto
- De acuerdo a los argumentos de la recurrente, circunscritos en la admisión del recurso de
- III.1. Del Debido Proceso como Derecho y Garantía Fundamental
- A los fines de resolver la problemática planteada, se debe tener presente que la jurisprudencia
- La fundamentación y motivación de resoluciones implica el deber jurídico de explicar y justificar de
- III.2.Sobre la defectuosa valoración de la prueba, su formulación y control
- La denuncia por defectuosa valoración de la prueba, defecto de Sentencia descrito en el inc
- Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
- El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
- Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
- El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
- Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
- Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
- Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
- El análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al sistema
- III.4. Análisis del caso concreto
- La recurrente refiere que en apelación denunció defecto de Sentencia, previsto por el art
- Considerando que el recurso de casación ha sido admitido en base a los criterios de
- Señalar que el derecho a la defensa conforme al Auto Supremo 041/2012-RRC de 16 de
- Esto significa, que dentro del proceso penal se visualizan tres funciones, como son la requirente
- (…) tiene un carácter dual ya que puede ser ejercido por el defensor y por
- Conforme se ha citado y desglosado en el apartado III
- En cuanto a la sustanciación del juicio oral, conforme se establece del contenido de la
- Consiguientemente, la parte recurrente también ha denunciado la vulneración al Juez natural; empero, como se
- Que, para considerar defectos en la Sentencia, su estructuración y contenido debe efectivamente vulnerar lo
- En lo atinente al objeto del recurso en examen, el inc
- En la parte dispositiva del fallo, conforme establece el art
- De lo anterior se tiene que la Sentencia debe estar estructurada de la siguiente forma:
- En cuanto a la fundamentación probatoria, siendo el juzgador de mérito, el único facultado para
- Sobre la temática, el Auto Supremo 74 de 10 de marzo de 2010, señala: ‘…la sentencia
- Conforme lo ampliamente señalado, se deja asentado una vez más, que en la Sentencia se
- Al respecto, Couture señala: ‘El juez, al decidir según la sana crítica, no es libre de
- Ahora bien, el control respecto a la correcta aplicación de las reglas de la sana
- El Auto de Vista impugnado en su segundo considerando parte segunda, efectivamente realiza el control
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
