Auto Supremo AS/0285/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0285/2018-RRC

Fecha: 07-May-2018

Sobre la inobservancia o errónea aplicación de la Ley, el Tribunal de alzada señaló que


II.3. Del Auto de Vista impugnado.

El Auto de Vista 19/2017 de 16 de mayo, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, deliberando en el fondo, declaró improcedentes las cuestiones planteadas en el referido recurso; en consecuencia, confirmaron la Sentencia 3/2015 de 16 de mayo, bajo la siguiente fundamentación:

Sobre la inobservancia o errónea aplicación de la Ley, el Tribunal de alzada señaló que este defecto se produce cuando se aplica una norma sustantiva que no corresponde al marco fáctico acreditado en el juicio, o cuando, no obstante que se aplica, se le da un alcance diferente al que debe dársele. Que, del análisis de toda la Sentencia en la parte del considerando II. Fundamentación Probatoria, Descriptiva, Fundamentación Probatoria Intelectiva, Valoración de la Prueba de cargo y descargo, Fundamentación Probatoria Jurídica y Fundamentación de la Pena, se denota de la misma que el Juez a quo ha emitido la Sentencia de cuyos contenidos, se establece que la prueba de cargo y descargo fue valorada coherentemente, respondiendo a un iter lógico, en los juicios vertidos sobre la prueba, denotándose una labor del Juez a quo que ha llegado a la conclusión de que los hechos encajan perfectamente al tipo penal de Lesiones Graves y Gravísimas en Accidente de Tránsito previsto en el art. 261-1 del CP, el A quo ha tomado en cuenta las agravantes y atenuantes por haber subsumido su conducta la recurrente al delito. En este punto, la autoridad recurrida para imponer la sanción ha tomado en cuenta el contenido de dicho precepto legal al imponer sanción de reclusión, no se denota colisión de leyes, en este margen no es evidente el agravio