El referido tránsito se sustenta en cuatro elementos importantes: 1) En la necesidad de uniformar
El referido tránsito se sustenta en cuatro elementos importantes: 1) En la necesidad de uniformar la interpretación de la ley. Que es la tarea fundamental de la instancia de casación y, en general, de todas las cortes supremas sobre la base del principio de igualdad, tal como se expresa en el sentido de la isonomía aristotélica, ‘trata las situaciones iguales en modo igual’. Ya que si se producen resoluciones sucesivas incoherentes contravienen el principio de igualdad de tratamiento de los sujetos que recurren a la tutela jurisdiccional. ‘igualdad (y respeto) del precedente representan, respectivamente, el perfil espacial y el perfil temporal del más amplio principio normativo de coherencia’; 2) El segundo aspecto de suma trascendencia para la inclusión del precedente en casación en materia penal es la predecibilidad de las decisiones. Una praxis de precedentes uniformes reduce la conflictualidad y permite seguridad y programabilidad del tráfico jurídico. Las partes de una relación pueden valorar mejor las futuras consecuencias de sus acciones, precisamente en base a las directrices impartidas por consolidadas orientaciones jurisprudenciales; 3) En tercer lugar, la autoridad misma del Tribunal Supremo de Justicia. La coherencia interna determinada por decisiones estandarizadas en un sistema de precedentes produce un reforzamiento de la institución judicial en el cuadro de los poderes del Estado, que resulta al contrario debilitada por la disminución de credibilidad conexa a una jurisprudencia signada por contrastes, deserciones y oscilaciones; y, 4) Finalmente, la eficiencia, se resalta que una praxis jurisprudencial uniforme requiere de los jueces que se adecúen a una cantidad de trabajo intelectual incomparablemente menor de la requerida a quien se dedica a resolver cada caso en particular
- Por memorial presentado el 10 de abril de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Mediante Sentencia 3/2016 de 25 de enero (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el encausado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 787/2017-RA de 17 de
- En ese sentido, advierte la existencia de contradicción entre el Auto impugnado y el Auto
- Afirma que, el Tribunal de Alzada omitió pronunciarse, respecto de si al acusado se le
- Añade que, respecto a la sana crítica el Tribunal de Alzada reiteradamente aseveró que no se habrían
- Con relación al debido proceso y la supuesta vulneración al principio de continuidad, por la suspensión
- En cuanto, a la subsunción de la conducta del acusado, señala que el Auto de Vista hizo
- Respecto a la falta de fundamentación; en cuanto, al delito de Estafa aducida por el acusado, la
- I.1.2. Petitorio
- Mediante Auto Supremo 787/2017-RA de 17 de octubre, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Por Sentencia 3/2016 de 25 de enero, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
- II.2. De la apelación restringida del acusado
- Mediante memorial, cursante de fs
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dictó el Auto
- Que, se vulneró el principio de continuidad debido a la suspensión de audiencias de juicio
- Que, con relación a la falta de fundamentación de la pena impuesta se obvió tomar
- En el presente caso, la acusación particular, invocando los arts
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- Al respecto, el art
- En tal virtud, la decisión de este Alto Tribunal en el supuesto de verificarse la
- “A objeto de materializar y efectivizar los fines y objeto del recurso de casación, el
- El referido tránsito se sustenta en cuatro elementos importantes: 1) En la necesidad de uniformar
- Bajo este mismo entendimiento, el Tribunal Supremo de Justicia mediante el AS 322/2012-RRC de 4
- III.2. Del precedente invocado y análisis del caso concreto
- “De acuerdo al entendimiento de este máximo Tribunal de Justicia, es una premisa consolidada que todo
- Por tanto; toda autoridad que conozca de un proceso o una pretensión o que dicte
- Al no haberse pronunciado el Tribunal a quo sobre todos los motivos en los que
- Las impugnaciones determinan la competencia de la Autoridad Jurisdiccional y los fundamentos jurídicos de la resolución
- Por último, en mérito a lo previsto por los arts
- En el caso de autos, la recurrente cuestiona la debida fundamentación del Auto de Vista
- Fundamentos que este Alto Tribunal considera suficientes para cumplir con el exigencia de la debida
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
