Auto Supremo AS/0318/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0318/2018-RRC

Fecha: 15-May-2018

En cuanto, a la subsunción de la conducta del acusado, señala que el Auto de Vista hizo


En cuanto, a la subsunción de la conducta del acusado, señala que el Auto de Vista hizo una simple referencia al respecto, omitiendo ingresar al fondo de la temática, causándole agravios y lesionando su derecho a defender su patrimonio, sin tomar en cuenta la conducta del sentenciado durante el juicio, mencionando la certificación del encargado del Penal de San Pedro de que cuando se convocaba al acusado para ser conducido a las audiencias éste se escondía, o las oportunidades en que el encausado concurría a las audiencias con un abogado recién designado pidiendo la suspensión del juicio por diez días conforme prevé el art. 336 del CPP, reiterándose dicha conducta en las audiencias conclusivas, provocando retardación de justicia, siendo declarado rebelde en varias oportunidades; asimismo, señala que el acusado tampoco se presentó en la audiencia de judicialización de pruebas de cargo, no presentó argumentos que desvirtúen las mismas, arguyendo únicamente una inexistente relación sentimental con la ahora recurrente y otros argumentos que no habrían sido demostrados en juicio, por la imposibilidad de desvirtuar las pruebas de cargo, siendo inaplicable en ese caso la línea jurisprudencial de los Autos Supremos 225/2014-RCC de 9 de junio y 214 de 28 de marzo de 2007 invocada –se entiende por el procesado-, afirma que por el contrario, el Tribunal de Sentencia valoró la prueba de cargo conforme el art. 173 del CP, haciendo hincapié en la prueba testifical, considerando demostrada la conducta del acusado como el autor del delito endilgado